Esta prestación trata de cubrir la perdida de rentas que se
produce, durante el período de suspensión del contrato de trabajo por riesgo
durante el embarazo, cuando la trabajadora debiendo cambiar de puesto de
trabajo o de actividad por otro compatible con su estado, no resulte técnica
u objetivamente posible dicho cambio o no pueda razonablemente exigirse
por motivos justificados.
Los requisitos que
tiene que cumplir la trabajadora son:
- Estar
afiliada y en alta.
- Estar
al corriente en el pago de las cuotas, de las que sean responsables
directas.
El subsidio equivalente al 100% de la base
reguladora correspondiente, que será la establecida para la prestación de
IT derivada de contingencias profesionales.
Al efectuarse el pago, se deducirán lo importes por
cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones por IRPF.
Para acceder al modelo de solicitud oficial pincha aquí.
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